TASACIONES

En defensa de la profesión

Peritaciones y tasaciones inmobiliarias

El Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España en cumplimiento de las funciones encomendadas por los Estatutos Generales de la profesión, crea el Registro General de Tasadores Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, RGT-API.
El RGT-API se constituye como un servicio del Consejo General de los cOAPI de España a todos los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria colegiados que se hallen incluidos en las listas oficiales de sus respectivos Colegios como peritos tasadores, sin perjuicio de las competencias que asisten a los Colegios Oficiales en la confección de sus listas.
Los API colegiados que quieran formar parte de dicho Registro, deberán solicitar su inscripción en la Oficina del Consejo, que procederá a emitir el Diploma y el carnet correspondiente. Siempre y cuando consten en las listas de peritos de sus Colegios, ya que precisamente el Registro General de Tasadores se forma con los mismos.

¿Por qué un Perito Tasador API?

El colectivo de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria está capacitado para ejercer como perito inmobiliario debido a su formación, experiencia y reconocimiento por parte de la Administración, que les convierte en profesionales idóneos para elaborar tasaciones inmobiliarias.
En este sentido, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que los peritos judiciales deben poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen, una condición que cumplen los API, cuyo título oficial les faculta expresamente para realizar las peritaciones de los bienes inmuebles. El Decreto 3.248/69 de 4 de Diciembre establece que, entre las funciones propias del Agente de la Propiedad Inmobiliaria, se encuentra «evacuar consultas y dictámenes del Valor de Mercado de los bienes inmuebles».
Su profundo conocimiento del mercado, gracias a su intervención diaria en todo tipo de transacciones inmobiliarias y su continua colaboración con la Administración, tribunales y otros organismos públicos, hacen del API un profesional idóneo y altamente cualificado para la elaboración de informes de valoración. A la cualificación que le aporta al API el desarrollo diario de su profesión, se suma la formación que puede adquirir a través de los cursos que, en esta materia, le ofrece tanto su Colegio como el propio Consejo.

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